Episode notes
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos (OEA) establece en su Artículo XV el derecho al autogobierno:
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar libremente su estatus político y promover libremente su desarrollo económico, social, espiritual y cultural. En consecuencia, tienen derecho a la autonomía o autogobierno en lo relativo a, entre otros, cultura, religión, educación, información, medios de comunicación, salud, vivienda, empleo, bienestar social, actividades económicas, administración de tierras y recursos, medio ambiente e ingreso de no miembros; así como a determinar los recursos y medios para financiar estas funciones autónomas.
Los pueblos indígenas tienen el derecho de participar sin discriminación, si así lo deciden, en la toma de decisiones a todo ...