CAPÍTULO V. Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones. (Artículos 47 a 51)

Artículo 47. Jornada de trabajo de los funcionarios públicos.Artículo 47 bis. Teletrabajo.Artículo 48. Permisos de los funcionarios públicos.Artículo 49. Permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por razón de violencia de género o de violencia sexual y para las víctimas de terrorismo y sus familiares di ... See more
Jan 12 2023